He tomado conocimiento de una denuncia formulada por un grupo de 28 comunidades del sector costero de la región de La Araucanía, en orden a que en territorio Mapuche de las comunas de Puerto Saavedra y de Carahue: según lo señalado a RADIO IMPERIO por el parlamentario; se estaría efectuando una división de predio rústico formando lotes que conformarían un proyecto habitacional con fines comerciales. Concuerdo absolutamente con los fundamentos legales, constitucionales y políticos de tal denuncia, donde del conjunto de instrumentos jurídicos que regulan este tipo de actos, se concluye de manera fehaciente que ese proyecto infringe toda la normativa vigente al respecto. Solamente quiero agregar que el 10 de agosto de 2022 se publicó la Ley 21.477 que modificó el Artículo 15 de la Ley 20.234, que viene a ratificar que no es posible la subdivisión cuando se trate de formar loteos inmobiliarios sin cumplir con normativa vigente; entre los cuales está el artículo quinto de la Constitución respecto a los tratados, y por ende la aplicación también en este caso del Convenio 169 respecto del sentido de los territorios de los pueblos indígenas. El Senador Huenchumilla dijo a la 99.9 FM; Esta misma ley establece obligaciones para distintos organismos, pero en particular para los notarios y conservadores, que deberán negarse a autorizar escrituras públicas e inscripciones que no cumplan con la preceptiva que dicha disposición legal señala. Por otra parte, haremos las peticiones correspondientes a los ministerios y servicios públicos, para que en virtud de sus facultades intervenga como corresponde para la vigencia de la ley.